Herencias y productos de seguros tras el apagón nacional: qué debes saber
El 28 de abril de 2025 ocurrió un apagón nacional que, según diversas fuentes, podría haber generado situaciones trágicas, incluyendo fallecimientos. Esto ha puesto en primer plano la importancia de entender cómo gestionar correctamente herencias que incluyen productos de seguros, tanto a nivel nacional como internacional.
Desde BuenaVidaSenior.com, la experta Itzíar Pernía destaca los aspectos clave a tener en cuenta para no perder derechos ni beneficios al tramitar una herencia que integra seguros.
1. Trámites esenciales para no perder tu herencia (nacional o internacional)
Los pasos y documentos fundamentales incluyen la solicitud de la última declaración de la renta del fallecido para identificar activos, la apertura testamentaria ante bancos o aseguradoras donde existan seguros, y la entrega de documentación clave como certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, certificado de contratos de seguros (imprescindible para la tramitación), testamento o declaración de herederos, y certificado de titularidad bancaria de los herederos.
Es importante tener en cuenta que no todos los seguros heredados tributan en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).
2. Productos de seguros más comunes en una herencia
Entre los productos más habituales se encuentran los planes de pensiones y PPA, seguros de vida, seguros de decesos, seguros vinculados a tarjetas de crédito con cobertura de fallecimiento y seguros de accidentes con cobertura por fallecimiento.
3. ¿Forman parte de la masa hereditaria?
No todos los productos se integran en la masa hereditaria. Por ejemplo, las prestaciones por fallecimiento de planes de pensiones o PPA tributan en el IRPF del heredero como rendimientos del trabajo. El seguro de vida, si tiene beneficiario designado, se considera una indemnización y no forma parte de la herencia. Los seguros de tarjetas de crédito cubren la deuda y no se consideran un pasivo heredable. Los seguros de decesos cubren únicamente los gastos del sepelio y algunas gestiones básicas. Los seguros de accidentes con cobertura de fallecimiento pagan directamente a los beneficiarios y no se incluyen en la herencia ni tributan en ISD.
4. Excepciones: seguros que sí se integran en la masa hereditaria
El seguro de vida se incluirá en la masa hereditaria si no tiene beneficiarios designados. Si el beneficiario es el cónyuge y existe un régimen de gananciales, el 50 % del importe tributa en ISD y el otro 50 % en IRPF como rendimiento de capital mobiliario. En los seguros mixtos de jubilación, si el tomador no es el beneficiario (caso típico en una herencia), las prestaciones tributan en ISD. Los seguros colectivos de vida contratados por empresas también se integran en la masa hereditaria y tributan en ISD, con las reducciones correspondientes por parentesco.
5. Herencias internacionales: ¿qué hacer para rescatar productos de seguros?
Si el heredero es residente fiscal en España y los productos de seguros están en el extranjero, deberá declararlos en su IRPF, presentar la declaración informativa de bienes en el extranjero (modelo 720) y tributar según el producto en ISD o IRPF, teniendo en cuenta el convenio de doble imposición internacional.
En el caso de herederos no residentes que reciben productos localizados en España, estos deberán tributar como no residentes. Es obligatorio nombrar un representante fiscal en España, abrir una cuenta bancaria en el país para gestionar los cobros y, posteriormente, si se desea, transferir los fondos al país de residencia del heredero.
Es muy importante informarse adecuadamente antes de iniciar cualquier trámite relacionado con una herencia que incluye productos de seguros. Cada caso tiene implicaciones legales y fiscales distintas, y no contar con asesoramiento experto puede llevar a errores costosos, pérdida de derechos o sanciones. Consultar con profesionales especializados en herencias y fiscalidad asegurará que los pasos se den correctamente desde el principio.
Artículo elaborado por Itzíar Pernía Gómez.