Cómo solicitar la Ley de Dependencia en 2026
La Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, conocida comúnmente como Ley de Dependencia, es uno de los pilares del bienestar en España. Su objetivo es garantizar la atención y protección de quienes, por razones de edad, enfermedad o discapacidad, requieren apoyo para sus actividades diarias
Qué es la Ley de Dependencia
La Ley 39/2006 Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia es un derecho subjetivo que garantiza a los ciudadanos el acceso a servicios y prestaciones económicas para facilitar su autonomía. A diferencia del certificado de discapacidad, la dependencia evalúa específicamente la necesidad de ayuda externa para tareas básicas como la higiene, la alimentación o el desplazamiento.
Personas que pueden beneficiarse de la ley de dependencia
Pueden ser beneficiarios los ciudadanos españoles y residentes legales que, de forma permanente, se encuentren en una situación de vulnerabilidad que les impida valerse por sí mismos debido a la edad, una enfermedad crónica o una discapacidad.
Requisitos para solicitar la Ley de Dependencia
Para acceder al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), se deben cumplir rigurosamente los siguientes criterios legales:
Nacionalidad española o residencia legal
El solicitante debe ostentar la nacionalidad española. En caso de extranjeros, deben acreditar que residen legalmente en territorio español de acuerdo con la normativa de extranjería vigente.
Años de residencia requeridos en España
Es indispensable haber residido en territorio español durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud. Para los menores de cinco años, el requisito se aplica a quienes ejercen su guarda y custodia.
Empadronamiento en la comunidad autónoma
Dado que la gestión está transferida, usted debe estar empadronado en un municipio perteneciente a la Comunidad Autónoma donde realice la solicitud en el momento de presentarla.
Grados de dependencia
Tras la valoración técnica, se asignará uno de los siguientes tres grados según la necesidad de apoyo:
Grado 1: Dependencia moderada
La persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria al menos una vez al día, o tiene necesidades de apoyo intermitente para su autonomía personal.
Grado 2: Dependencia severa
Se otorga cuando la persona requiere ayuda para realizar diversas actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador.
Grado 3: Gran dependencia
Es el nivel máximo. La persona necesita ayuda para realizar diversas actividades básicas varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona.
Documentación necesaria para tramitar la Ley de Dependencia
Para que su expediente sea admitido a trámite, deberá aportar la siguiente documentación:
Documentos de identidad y empadronamiento
- Fotocopia del DNI/NIE del solicitante.
- Certificado de empadronamiento histórico que acredite los años de residencia exigidos.
Informe de salud emitido por médico colegiado
Es un documento crucial. Debe ser un informe médico oficial y reciente (preferiblemente de los últimos 6 meses) donde conste el diagnóstico, el estado de salud y las limitaciones funcionales del solicitante.
Certificados de residencia y nacionalidad
Si no se puede verificar de oficio, deberá aportar certificados que acrediten la residencia legal en España durante los periodos mencionados anteriormente.
Documentación adicional para representantes legales
En caso de que el solicitante no pueda actuar por sí mismo, se requerirá la acreditación de la representación legal o la autorización de guardador de hecho, junto con el DNI del representante.
Cómo solicitar la Ley de Dependencia
El procedimiento consta de varias fases: solicitud, valoración en el domicilio del interesado y elaboración del Programa Individual de Atención (PIA).
Dónde presentar la solicitud de dependencia
La solicitud debe dirigirse a los servicios sociales del ayuntamiento de su localidad o a las oficinas de atención ciudadana de su Comunidad Autónoma.
Tramitación presencial
Usted puede acudir presencialmente a los registros públicos oficiales autorizados, previa petición de cita si fuera necesario, portando toda la documentación en papel.
Solicitud online mediante la sede electrónica
En este 2026, la vía telemática es la más ágil. Puede realizar el trámite a través de la Sede Electrónica de su Comunidad Autónoma utilizando certificado digital, DNI electrónico o sistema Clave.
Plazos de resolución
El plazo máximo entre la solicitud y la resolución es de 6 meses, y para menores de 3 años es de 30 días naturales pero en la práctica los plazos suelen ser más largos y el tiempo medio de espera se situa en los 342 días.
Tienen prioridad casos como cuidados paliativos, ELA, vulnerabilidad social, menores de 3 años y mayores de 90.
Ayudas y prestaciones de la Ley de Dependencia
Una vez reconocido el grado, se establecerá un catálogo de servicios o prestaciones económicas:
Prestación económica para cuidados en el entorno familiar
Excepcionalmente, se otorga una cuantía mensual para que un familiar (cuidador no profesional) se haga cargo de la atención del dependiente en su propio domicilio.
Cuantía de la prestación:
- Grado I: 180€ (máx) / 100€ (mín)
- Grado II: 315,90€ (máx) / 150€ (mín)
- Grado III: 455,40€ (máx) / 200€ (mín)
Prestación económica vinculada al servicio
Se concede cuando no es posible el acceso a un servicio público o concertado, permitiendo al beneficiario contratar un servicio privado acreditado (como una residencia o centro de día).
Cuantía de la prestación:
- Grado I: 313,50€ (máx) / 100€ (mín)
- Grado II: 445,30€ (máx) / 150€ (mín)
- Grado III: 747,25€ (máx) / 200€ (mín)
Prestación económica de asistencia personal
Destinada a contratar a un profesional que ayude al dependiente a acceder a la educación, al trabajo y a una vida más autónoma.
Cuantía de la prestación:
- Grado I: 313,50€ (máx)
- Grado II y III: 747,25€ (máx)
Centros de día y atención residencial
Incluye el acceso a plazas en centros especializados donde se ofrece atención integral, rehabilitación y manutención, ya sea de forma diurna o permanente.